Jul 07 2008
Yihadistas, muchos detenidos, pocos condenados
El dato lo recoge el último informe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional: de los 63 presuntos terroristas islámicos que fueron juzgados el pasado año por este tribunal, sólo 32 fueron condenados. O lo que es lo mismo, el 50% de los que se sentaron en el banquillo acusados de financiar, promover o intentar la yihad en España fueron finalmente absueltos. Un porcentaje que la propia Fiscalía califica con preocupación de “muy elevado” en el mismo informe y que, en su opinión, es “claramente indicativo de las enormes dificultades legales que se plantean en estos procesos”.
No es el único dato que apunta a que algo falla aún en la lucha contra el terrorismo internacional en nuestro país. En el primer escalón de esa lucha, la de la actuación policial, ya se producen casos llamativos de discrepancias a la hora de entender qué es yihadismo y qué no. Así, en las tres mayores operaciones policiales contra el islamismo radical desarrolladas durante 2007 –la Sello II, la Tala y la Bureba– fueron detenidas 28 personas. De ellas, sólo doce terminaron ingresando en prisión preventiva. El resto, o quedó en libertad sin cargos o la Justicia se limitó a ponerles medidas cautelares menores.
Otro ejemplo. En febrero de 2008, la Ertzaintza se estrenaba en la lucha contra este terrorismo con la detención de tres argelinos a los que acusó de realizar labores de proselitismo entre la comunidad musulmana de Vitoria. Sin embargo, la Audiencia Nacional se encargó de desinflar la operación y el juez Fernando Grande-Marlaska puso a los tres detenidos en libertad horas después. Sólo a uno de ellos le impuso unas suaves medidas cautelares.
¿Criterios diferentes?
Un baile de cifras entre el número de detenidos y el de los que finalmente ingresan en prisión que no se produce, por ejemplo, en las operaciones contra ETA ¿Se actúa precipitadamente contra los supuestos islamistas? ¿Existen criterios diferentes entre la Policía y los jueces a la hora de valorar indicios y pruebas en este tipo de terrorismo?
Un agente veterano en la lucha antiterrorista reconoce a Público que cuando se empezó a combatir este tipo de terrorismo en nuestro país “costaba hacer entender a algunos magistrados que nos enfrentábamos a algo totalmente diferente a lo que hasta ese momento habíamos conocido en España, fuese ETA o GRAPO, y que aquí es fundamental actuar de modo preventivo para evitar que lleguen a actuar”.
Un oficial de la Guardia Civil reafirma esta impresión: “Pasa muy poco tiempo entre que estos grupos deciden atentar y lo hacen, por eso es clave actuar con celeridad, en las primeras fases, en cuanto se recopilan las primeras pruebas”. La propia Fiscalía de la Audiencia Nacional incide en esta idea en su último informe: “El terrorismo internacional yihadista posee unas peculiaridades que dificultan la aplicación de la doctrina jurisprudencial”.